Guardia Nacional, con nuevas facultades: ¿qué podrá hacer ahora tras la reforma?

El Senado de la República aprobó este lunes 30 de junio de 2025 la reforma que otorga nuevas atribuciones a la Guardia Nacional (GN), la cual ahora dependerá de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) y tendrá un papel importante en la seguridad pública del país.
Con la creación de esta nueva legislación, la GN, explicaron los senadores, será “una fuerza de seguridad pública profesional y de carácter permanente”. Estará integrada por personal militar con formación policial y bajo el control de la Sedena.
Entre sus principales atribuciones estarán:
- Prevenir delitos y faltas administrativas
- Salvaguardar la integridad y bienes de las personas
- Mantener y restablecer el orden y la paz social
- Realizar labores de inteligencia e investigación para prevenir delitos
- Colaborar con estados y municipios para preservar la seguridad
Además, podrá realizar operaciones encubiertas, usar usuarios simulados en investigaciones y recabar información en lugares públicos, siempre respetando los derechos humanos.
Cambios en leyes y códigos por la reforma de la Guardia Nacional
- La Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, que asigna a la Sedena las tareas relacionadas con la Guardia Nacional
- La Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, que aclara que la Guardia Nacional será usada sólo para tareas de seguridad pública
- La Ley de Educación Militar, que ahora incluye la capacitación policial del personal de la Guardia Nacional
- La Ley de Ascensos y Recompensas, que incluye a los elementos de la Guardia Nacional en sus concursos de promoción
- La Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas, que garantiza prestaciones similares al Ejército y la Fuerza Aérea
- La Ley de Disciplina del Ejército y Fuerza Aérea, que ahora también rige a la Guardia Nacional, sometiéndola a la jurisdicción penal militar en temas internos
Control y supervisión de la Guardia Nacional
La nueva ley destaca que las tareas de la GN estarán bajo control judicial en investigaciones como la intervención de comunicaciones, lo que requerirá autorización de un juez.
El Ejecutivo federal deberá enviar cada año un informe al Senado sobre las actividades realizadas por esta fuerza. Las operaciones de la GN se organizarán con esta estructura:
- Sedena
- Comandancia
- Coordinación Territorial, Estatal y de Unidad
- Unidades Circunstanciales
El titular de la Comandancia será un General de División será nombrado por la o el presidente de la República en turno; por ahora, el Gobierno federal deberá publicar las reformas y empezar a aplicar los cambios en los próximos meses.
Conoce los principales cambios
- Mando y adscripción
Antes: Era carácter civil, aunque operaba con fuerte presencia militar; y dependía de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.
Ahora: Estará adscrita a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena). Mando directo, organización, formación y administración a cargo de Sedena.
- Comandancia
Antes: Era requisito ser general de división para encabezar la Comandancia.
Ahora: Se eliminará el requisito de ser general de división; podrá ser cualquier persona con suficiente experiencia en seguridad pública designada por Sedena.
- Jurisdicción penal
Antes: Los elementos respondían al fuero civil por actos en función policial; los militares solo respondían al fuero militar por actos estrictamente castrenses.
Ahora: Los integrantes de la GN quedarán sujetos al fuero militar por faltas y delitos en materia militar, y al fuero federal por delitos cometidos en función policial.
- Funciones ambientales
Antes: Sin mención expresa de tareas ambientales.
Ahora: Se facultará a la GN para participar en la protección de recursos naturales y combate a delitos ambientales (tala ilegal, tráfico de especies, contaminación), en coordinación con autoridades ambientales.
- Operaciones encubiertas e inteligencia
Antes: Se contemplaban, pero sin especificar usuarios simulados u operaciones encubiertas en la ley.
Ahora: Se incorporarán expresamente las operaciones encubiertas y de usuarios simulados para inteligencia e investigación preventiva, conforme al Código Nacional de Procedimientos Penales.
- Educación y capacitación
Antes: La formación no tenía enfoque explícito en género o interculturalidad.
Ahora: La formación será con un enfoque en derechos humanos, interseccionalidad, perspectiva de género e interculturalidad, promoviendo igualdad de oportunidades y trato entre mujeres y hombres.
- Control jurisdiccional en investigaciones
Antes: Las intervenciones de comunicaciones reguladas, pero sin detalle explícito de control previo.
Ahora: Se reforzará el control jurisdiccional: intervenciones de comunicaciones solo con autorización judicial y bajo ponderación de derechos e intereses por la autoridad.
- Unidad de Asuntos Internos
Antes: Existía sin autonomía explícita.
Ahora: Tendrá autonomía de gestión, recibirá quejas incluso anónimas y realizará vigilancia, inspección e investigación.
- Ascensos y recompensas
Antes: No estaban homologados plenamente con el Ejército y Fuerza Aérea.
Ahora: Los ascensos y recompensas de la GN quedarán integrados al mismo esquema que el Ejército y Fuerza Aérea.
- Seguridad social
Antes: No había homologación plena en prestaciones con Fuerzas Armadas.
Ahora: Recibirán las mismas prestaciones de seguridad social que las Fuerzas Armadas (Ejército, Fuerza Aérea y Armada).